Si usted es nacional de un país elegible y quiere construir una vida en Panamá, la Visa de Países Amigos puede ofrecerle una ruta clara hacia la residencia permanente. Pero desde 2021 ya no basta con tener el pasaporte correcto: debe demostrar un vínculo económico o profesional válido y presentar un expediente preciso.

¿Qué es la Visa de Países Amigos?

La Visa de Países Amigos es un permiso de residencia para nacionales de países específicos que mantienen relaciones amistosas, profesionales, económicas y de inversión con Panamá. El régimen vigente, establecido por el Decreto Ejecutivo 226 de 20 de julio de 2021 y actualizado por el Decreto Ejecutivo 16 de 31 de agosto de 2026, comienza con un permiso provisional de 2 años. Si se mantienen las condiciones aplicables, después puede solicitarse la residencia permanente.

¿Su nacionalidad está en la lista oficial?

La elegibilidad depende de la nacionalidad y del pasaporte, no simplemente de vivir en uno de estos países. La lista vigente incluye 51 países y puede cambiar mediante decreto.

Ver los 51 países elegibles
  • Andorra
  • Argentina
  • Australia
  • Austria
  • Bélgica
  • Brasil
  • Canadá
  • Chile
  • Corea del Sur
  • Costa Rica
  • Croacia
  • Chipre
  • Dinamarca
  • Ecuador
  • Estados Unidos
  • España
  • Estonia
  • Finlandia
  • Francia
  • Alemania
  • Grecia
  • Hong Kong
  • Hungría
  • Irlanda
  • Israel
  • Japón
  • Letonia
  • Liechtenstein
  • Lituania
  • Luxemburgo
  • Malta
  • México
  • Mónaco
  • Países Bajos
  • Nueva Zelanda
  • Noruega
  • Paraguay
  • Perú
  • Polonia
  • Portugal
  • Reino Unido
  • República Checa
  • San Marino
  • Serbia
  • Singapur
  • Eslovaquia
  • Sudáfrica
  • Suecia
  • Suiza
  • Taiwán
  • Uruguay

Importante: Colombia, El Salvador, Guatemala, Honduras, Nicaragua y República Dominicana no están incluidos en esta lista. Ecuador fue incorporado con efecto desde el 1 de septiembre de 2026 por el Decreto Ejecutivo 16. Italia cuenta con un régimen bilateral propio y no forma parte de esta lista.

Las 3 vías vigentes para calificar

Después de confirmar que su nacionalidad está incluida, identifique rápidamente cuál de estos perfiles se parece más al suyo:

01

Vía laboral

Contrato de trabajo con una empresa panameña, sujeto a la autorización laboral correspondiente.

02

Vía inmobiliaria

Inversión mínima de US$200,000 en un inmueble en Panamá.

03

Vía de depósito

Depósito a plazo fijo mínimo de US$200,000, por un plazo mínimo de 3 años, en un banco autorizado.

Además, el expediente debe incluir los documentos personales y migratorios exigidos por el Servicio Nacional de Migración. Los documentos extranjeros deben estar apostillados o legalizados y, cuando corresponda, traducidos oficialmente al español.

El certificado de antecedentes penales debe corresponder a los últimos dos años, conforme al marco aplicable y a la práctica del SNM. La vigencia concreta de cada documento debe revisarse antes de presentar la solicitud.

El proceso: de permiso provisional a residencia permanente

El trámite se presenta ante el Servicio Nacional de Migración y requiere una preparación cuidadosa:

  1. Confirmación de elegibilidad: verificamos su nacionalidad y la vía económica o profesional que utilizará.
  2. Preparación documental: reunimos, apostillamos y traducimos los documentos que correspondan.
  3. Presentación del expediente: se presenta la solicitud completa ante el SNM mediante apoderado legal.
  4. Permiso provisional: el régimen vigente contempla un permiso de residencia provisional por 2 años.
  5. Residencia permanente: al mantener las condiciones aplicables y cumplir los requisitos, puede solicitarse la residencia permanente.

La nacionalidad por sí sola no garantiza la aprobación. Un expediente incompleto, una vía mal escogida o un documento fuera de vigencia puede generar requerimientos y retrasos.

¿Por qué conviene hacerlo con un abogado migratorio?

El riesgo no está solo en no conocer la ley. Está en invertir tiempo y dinero en un expediente basado en una lista antigua, escoger una vía que ya no aplica o presentar antecedentes y documentos que no cumplen. Un error puede traducirse en requerimientos, gastos adicionales y meses de incertidumbre.

Con FDR Abogados, usted puede avanzar con:

  • Verificación de elegibilidad: confirmamos su nacionalidad y la vía vigente antes de preparar el expediente.
  • Lista documental clara: identificamos apostillas, traducciones y vigencias necesarias.
  • Acompañamiento legal: presentamos y damos seguimiento al trámite ante el SNM.
  • Respuesta ante observaciones: le orientamos si la autoridad solicita información adicional.

Más de 20 años de experiencia asesorando a clientes internacionales respaldan nuestro enfoque: convertir un proceso migratorio incierto en un plan claro, paso a paso.

Evalúe su elegibilidad para la Visa de Países Amigos y descubra cuál de las tres vías puede encajar con su perfil.